PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL ANTE
MUNICIPALIDADES PROVINCIALES O DISTRITALES.
VIDEO INFORMATIVO
a) ¿Dónde se debe presentar la solicitud de separación convencional?
En la Municipalidad Provincial o Distrital, acreditada ante el Ministerio de Justicia, del último domicilio conyugal o donde se celebró el matrimonio.
b) ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la separación convencional?
VIDEO INFORMATIVO
a) ¿Dónde se debe presentar la solicitud de separación convencional?
En la Municipalidad Provincial o Distrital, acreditada ante el Ministerio de Justicia, del último domicilio conyugal o donde se celebró el matrimonio.
b) ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la separación convencional?
Tiene que transcurrir más de dos años desde la
celebración del matrimonio.
Solicitud escrita de separación convencional dirigida al
alcalde, señalando nombre, documentos de identidad y el último domicilio
conyugal, domicilio de cada uno de los cónyuges para las notificaciones
pertinentes, con la firma y huella digital de cada uno de ellos. La
solicitud debe expresar de manera indubitable la decisión de separarse. Además,
en dicha solicitud deberá constar la indicación de si los cónyuges son
analfabetos, no pueden firmar, son ciegos o adolecen de otra discapacidad, en
cuyo caso se procederá mediante firma a ruego (firma de tercera persona a
petición del interesado), sin perjuicio de que imprima su huella digital o
grafía, de ser el caso.
Copias simples y legibles de los documentos de identidad
de ambos cónyuges.
Copia certificada del Acta o de la Partida de Matrimonio,
expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de
la solicitud.
Declaración Jurada del último domicilio conyugal, de ser
el caso, suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges.
Testimonio de escritura pública de separación de
patrimonios; o declaración jurada, con firma y huella digital de los cónyuges,
de no tener bienes patrimoniales sometidos a la sociedad de gananciales. Si los
tuvieran deben contar primero con una escritura pública formalizada e inscrita
en los Registros Públicos que sustituya o liquide el patrimonio de la sociedad
de gananciales. Para tal caso se debe presentar:
Testimonio de la escritura pública de separación de
patrimonios, o
Testimonio de la escritura pública de sustitución o
liquidación de la sociedad de gananciales.
Recibo de pago por derecho de trámite de acuerdo al TUPA
de la Municipalidad.
Declaración jurada, con firma y huella digital de cada
uno de los cónyuges, de no tener hijos menores de edad o mayores con
incapacidad.
Copia certificada del Acta o de la Partida de Nacimiento
de los hijos menores, expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la
fecha de presentación de la solicitud.
Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta
de conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la patria potestad,
alimentos, tenencia y de visitas de los hijos menores.
Copia certificada del Acta o de la Partida de Nacimiento
del hijo mayor, expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de
presentación de la solicitud.
Copia certificada de la sentencia judicial firme o del
acta de conciliación respecto de los regímenes de ejercicio de la curatela,
alimentos y de visitas de los hijos mayores con incapacidad.
Copias certificadas de las sentencias judiciales firmes
que declaran la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombran a su
curador.
c) ¿Quiénes pueden
solicitar la separación convencional?
Los cónyuges que, después de transcurridos dos (2) años de la celebración del matrimonio, deciden poner fin a dicha unión matrimonial. También lo pueden solicitar mediante su apoderado, con facultades específicas de representación por escritura pública, el mismo que debe estar inscrito en Registros Públicos.
d) ¿Cuáles son los pasos para solicitar la separación convencional?
Tener en consideración que primero se debe tramitar la separación convencional, puesto que no es posible tramitar el divorcio ulterior sin antes haberse declarado la separación convencional por el alcalde o notario respectivamente.
Los cónyuges que, después de transcurridos dos (2) años de la celebración del matrimonio, deciden poner fin a dicha unión matrimonial. También lo pueden solicitar mediante su apoderado, con facultades específicas de representación por escritura pública, el mismo que debe estar inscrito en Registros Públicos.
d) ¿Cuáles son los pasos para solicitar la separación convencional?
Tener en consideración que primero se debe tramitar la separación convencional, puesto que no es posible tramitar el divorcio ulterior sin antes haberse declarado la separación convencional por el alcalde o notario respectivamente.
Los cónyuges que pretendan la separación convencional
deberán solicitarlo por escrito ante la Municipalidad competente, cumpliendo
con todos los requisitos y una copia de todo para su cargo.
El alcalde que recibe la solicitud, verifica el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUPA de la Municipalidad
dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, luego de lo cual, en un plazo de
quince (15) días hábiles, convoca y realiza la audiencia única.
Se requerirá del visto bueno del área legal respectiva o
del abogado de la municipalidad sobre el cumplimiento de los requisitos
exigidos.
En la audiencia los cónyuges deben manifestar o no su
voluntad de ratificarse en el contenido de la solicitud de separación
convencional, si no se ratifican se declara concluido el procedimiento.
De ratificarse, el alcalde declarará la separación
convencional por Resolución de Alcaldía en un plazo no mayor de cinco (05) días
hábiles.
En caso de inasistencia de uno o ambos cónyuges por
causas debidamente justificadas, el alcalde convoca a nueva audiencia en un
plazo no mayor de quince (15) días hábiles.
De haber nueva inasistencia de uno o ambos cónyuges, el
Alcalde declara concluido el procedimiento.
e) ¿La solicitud de
separación convencional debe contener la designación y firma de abogado?
No, no es necesaria la designación ni firma de abogado, pero si los cónyuges lo prefieren así pueden designar uno o más abogados para su patrocinio legal.
f) ¿Cuál es el costo del trámite de separación convencional?
El monto dependerá de cada Municipalidad pero sólo si está establecido en el TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos).
Municipalidad Provincial de Puno S/. 160.00 nuevos soles.
g) ¿Cuánto tiempo demora el trámite?
No, no es necesaria la designación ni firma de abogado, pero si los cónyuges lo prefieren así pueden designar uno o más abogados para su patrocinio legal.
f) ¿Cuál es el costo del trámite de separación convencional?
El monto dependerá de cada Municipalidad pero sólo si está establecido en el TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos).
Municipalidad Provincial de Puno S/. 160.00 nuevos soles.
g) ¿Cuánto tiempo demora el trámite?
Cinco (05) días hábiles de presentada la solicitud, para
verificar el cumplimiento de los requisitos.
Quince (15) días hábiles, para fijar fecha,
convocar y realizar la audiencia única.
Quince (15) días hábiles, para convocar nueva
audiencia en caso de inasistencia justificada de uno o ambos cónyuges.
Cinco (05) días hábiles, para expedir la Resolución de
Alcaldía declarando la separación Convencional.
En total, el trámite demora treinta (30) días
aproximadamente.
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